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viernes, enero 30, 2004

Indeminizaciones por el Prestige.

Hacienda aprueba el acuerdo transaccional por el que los damnificados han de desistir y renunciar a todas sus acciones judiciales.

El Ministerio de Hacienda ha emitido la Orden HAC/114/2004, de 27 de enero, por la que se aprueban los modelos normalizados de acuerdo transaccional, en relación con los daños ocasionados por el accidente del buque Prestige.

El objeto de la orden es disponer de un modelo normalizado de acuerdo transaccional, en el que los damnificados han de desistir y renunciar a todas sus acciones judiciales y a cualquier reclamación indemnizatoria extrajudicial derivada del siniestro, percibiendo como contrapartida una cantidad de dinero cuyo cálculo ha de efectuarse a partir de la valoración de los daños producidos.

Si os interesa esta norma la podéis ver aquí:

La Orden HAC/114/2004.






El seguro de acuicultura marina para las producciones de dorada, lubina y rodaballo

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha emitido la Orden APA/110/2004, de 13 de enero, por la que se definen el ámbito de aplicación, las condiciones técnicas mínimas de aseguramiento, precios y fechas de suscripción en relación con el seguro de acuicultura marina para las producciones de dorada, lubina y rodaballo, comprendido en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados.

Podéis ver esta Orden en este link:

La Orden APA/110/2004.



Declaración Institucional

Nuevos derechos en la Unión Europea para los usuarios del transporte aéreo

Loyola de Palacio, Vicepresidenta de la Comisión Europea responsable de los Transportes y la Energía, ha acogido con satisfacción la adopción definitiva por el Consejo y el Parlamento Europeo de la propuesta de reglamento cuyo objeto es proteger los derechos de los pasajeros aéreos afectados por denegaciones de embarque, anulación de vuelos o grandes retrasos.

Si os interesa leer esta declaración institucional, podéis bajarla desde este link:

La Declaración.






Derecho de la Unión

La Unión declara ilegal el régimen de ayuda estatal Francés de las sedes centrales y los centros de logística

En el Diario Oficial de Unión Europea del 28 de enero se publica la Decisión de la Comisión, de 13 de mayo de 2003, sobre el régimen de ayuda estatal ejecutado por Francia en favor de las sedes centrales y los centros de logística, donde se declara que constituyen ayudas estatales ilegales e incompatibles con el mercado común.

Si os interesa leer esta decisión, la tenéis aquí:

Diario Oficial de Unión Europea.

En el DOCE del 26 de enero, Anexos A y B de la Directiva 94/55/CE del Consejo, tal como anunciados en la Directiva 2001/7/CE de la Comisión, por la que se adapta por tercera vez al progreso técnico la Directiva 94/55/CE del Consejo sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros con respecto al transporte de mercancías peligrosas por carretera.

Este documento es una bestia, si os interesa lo podéis bajar de este link, pero armaros de paciencia, tiene 929 páginas así que tardará un rato en bajar:

Anexos A y B de la Directiva 94/55/CE.


Reglamento (CE) no 104/2004 de la Comisión, de 22 de enero de 2004, por el que se establecen disposiciones relativas a la organización y la composición de la sala de recursos de la Agencia Europea de Seguridad Aérea.

Reglamento (CE) no 104/2004.


Decisión de la Comisión, de 4 de septiembre de 2003, relativa a los requisitos básicos de los equipos marinos de comunicación por radio destinados a ser utilizados en buques no cubiertos por el Convenio SOLAS y a participar en el Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM) [notificada con el número C(2003) 2912] (1)

Decisión de la Comisión, de 4 de septiembre de 2003.





jueves, enero 29, 2004


Un Juez federal condena a Exxon Mobil Corp. a pagar 4.5 millones de dólares en daños putitivos
.

El portal terra informa que Un juez federal de EEUU ha ordenado a la petrolera Exxon Mobil el pago de 4.500 millones de dólares y de otros 2.250 millones en intereses por los daños causados en Alaska por el vertido del petrolero Exxon Valdez, en 1989.

Podéis leer completa esta noticia en este link:

El Portal Terra.

Si os interesa información de primera mano, en el Link de findlaw podréis leer sobre el tema:

Findlaw.

Qué son los daños punitivos? Esta figura jurídica es típica del derecho anglosajón y de los EE.UU., en el siguiente link podéis encontrar una breve explicación de qué son los Punitive Damages:

Qué son los daños punitivos?

Otra explicación.

Ya véis que la explicación es muy poca cosa, no obstante si queréis profundizar más en el tema os aconsejo que leáis un excelente trabajo del Profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Pompeu Fabra, D. Pablo Salvador Coderch, que lleva por título: Punitive Damages.

Este trabajo publicado en InDret, lo tenéis en este link:

Punitive Damages.

Si os interesa conocer el contenido de la transcipción de daños punitivos podéis descargarla aquí:

La Transcripción (en Inglés).

Para saber más de cómo fue el aunto del Exxon Valdez podéis ver estos links:

http://www.seattleclassaction.com/exxon/exxon.asp

http://www.evostc.state.ak.us/facts/qanda.html

Una galería de fotos.


miércoles, enero 28, 2004

Un análisis jurídico muy interesante

Proceso Factortame. Consolidación del Ordenamiento Jurídico Comunitario

Un trabajo de Mónica Rey Sánchez, Licenciada en Derecho por la Universidad de Santiago de Compostela, Especialista en Derecho Marítimo, publicado en Mirmal, Maritime Law Bulletin.

De vez en cuando se tropieza uno en internet con pequeñas joyas que se encuentran un poco escondidas y que merecerían tener más difusión. Este es el caso de este trabajo, publicado en Mirmal, Maritime Law Bulletin, un subportal que se halla encuadrado dentro del portal marítimo www.derechomaritimo.info. Un portal que ha formado parte desde el inicio de la colección de links de esta weblog, links que tenéis al margen.

El trabajo, efectuado por Mónica Rey Sánchez, analiza el proceso Factortame uno de los casos más importantes de la política pesquera de la unión, por ello vale la pena echarle un vistazo y mejor leerlo. Lo tenéis en el siguiente link:

Proceso Factortame.

Por otro lado podéis echarle un vistazo al portal anfitrión de este trabajo, aunque muchos de vosotros seguramente ya lo habréis visitado en más de una ocasión, ya que en el mismo podréis encontrar una colección de normas marítimas bastante interesante.

Derechomaritimo.info

martes, enero 27, 2004

Transporte por carretera.

La Generalitat establece las restricciones de circulación para el 2004

El Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña del 21 de enero de 2004 publica la Resolución INT/29/2004, de 7 de enero, por la que se establecen restricciones en la circulación durante el año 2004.

El Departamento de Interior de la Generalidad de Cataluña a través del Servicio Catalán de Tráfico, tiene atribuidas las funciones de gestión y control del tráfico en las vías interurbanas y en las travesías o vías urbanas que afecten a la circulación interurbana, así como la adopción de las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la fluidez del tráfico de las carreteras y en el ámbito de sus facultades ha establecido las restricciones de circulación en las demarcaciones territoriales de Cataluña en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2004.

Si os interesa el tema podéis bajar esta norma desde este link:

La Resolución INT/29/2004.


lunes, enero 26, 2004

Comunicado de Greenpeace.

George Bush contra Greenpeace

En un movimiento sin precedentes en historia de los EE.UU., el Departamento de Justicia de George W. Bush ha procesado a una organización entera, -Greenpeace! - a causa de las actividades de protesta pacífica de sus miembros.

Durante años hemos estado trabajando para parar abusos de la destrucción ambiental y de los derechos humanos por parte de empresas criminales en la selva amazónica de Brasil.

En abril de 2002, a algunas millas de la costa de la Florida, dos activistas de Greenpeace abordaron una nave que llevaba madera exportada ilegalmente de la Amazonia Brasileña. Su objetivo era colgar una pancarta con el texto "Presidente Bush: Pare la tala ilegal."

Pero en lugar de interceptar el contrabando y de procesar a los contrabandistas,
el gobierno ha actuado judicialmente contra Greenpeace acusándonos de abordaje ilícito.

El juicio ya tiene fecha fijada. Escribid a George W. Bush y a al Fiscal General de los EE.UU. John Ashcroft y decidles que deben procesar a los madereros ilegales, no a Greenpeace.


Si queréis echar una mano para protestar por el procesamiento de activistas de Greenpeace, solo tenéis que mandar un email a través de este Link:


Escribe a George W. Bush.

Saber más….


En el boletín del viernes 23 de enero.


Marina Mercante convoca los exámenes para la obtención de títulos deportivos.

La Dirección General de Marina Mercante ha emitido la Resolución de 7 de enero de 2004, por la que se convocan exámenes teóricos ordinarios para la obtención de titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo y motos náuticas para el 2004.

Los exámenes se efectuarán en Madrid y Zaragoza en las fechas que se señala en el anexo II de la norma.

Si no os va bien efectuar los exámenes en vuestras comunidades autónomas, esta es una alternativa. Podéis informaros en el siguiente link:

La Resolución de la DGMM.





Ayudas a las organizaciones pesqueras.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha emitido la Orden APA/85//2004, de 15 de enero, por la que se establece el procedimiento para la concesión de las ayudas a la constitución y funcionamiento de las organizaciones de productores pesqueros y a sus asociaciones, y las destinadas a facilitar la ejecución de los planes de mejora de la calidad de los productos pesquero.

Si os interesa esta norma la tenéis en este link:

La Orden APA/85//2004.




Empleo en la OCDE


Transport Analyst Grade : A2/A3


La Conferencia Europea de Ministros de Transporte adscrita a la OCDE precisa un analista de transporte para promover la integración y la participación de los paises de la Commonwealth en las actividades de la organización y en general a todos los estados que se vayan integrando en la Conferencia.

Para acceder a este puesto piden titulación superior preferentemente en económicas, derecho, administración pública o ciencias políticas. Además conocimientos sobre transporte, seguridad y tráfico rodado.

Dominio de alguna de las lenguas oficiales, inglés o francés y el ruso.

La fecha límite para recibir candidaturas es el 29 de enero de 2004.

La oferta podéis verla en este link:

Transport Analyst Grade : A2/A3.



En el BOPV.

La ley de la Autoridad del Transporte de Euskadi.

El Boletín Oficial del País Vasco publicó el pasado 24 de diciembre de 2003, la Ley 5/2003, de 15 de diciembre, de la Autoridad del Transporte de Euskadi.

Como ya podéis suponer el objeto de la ley es la creación de la Autoridad del Transporte de Euskadi, como órgano superior consultivo y de coordinación de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de ordenación del transporte y sus infraestructuras para posibilitar la implantación de un sistema integrado de transporte.

Si os interesa esta norma la podéis descargar desde este link:

La Ley 5/2003, de la Autoridad del Transporte de Euskadi.



domingo, enero 25, 2004

Recursos en Internet


Ponte al día en laboral !

La Sección Federal de Puertos, Aduana y Consignatarios de la Unión General de Trabajadores ha colgado en su página web el texto refundido del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, actualizado con fecha 3 de diciembre de 2003, incorporando LEY 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

La iniciativa no está del todo mal, ya que se puede disponer de un texto completo del Estatuto de los trabajadores, bastante actualizado, gratuito y bien compaginado, y descargable en PDF, lo que garantiza que se imprimirá bien.

El texto está actualizado a 3 de dieciembre de 2003 incorporando la Ley 51/2003, pero como suele ocurrir con las normas laborales estamos ante un derecho muy dinámico que se ve actualizado constantemente por fuentes de distina procedencia así que el texto que podéis descargar de la página de Puertos de la UGT aún no incorpora las modificaciones introducidas por la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, con la cual el Gobierno de la nación ha incorporado al derecho español la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación así como la Directiva 2000/43/CE del Consejo, de 29 de junio de 2000, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico.

No obstante eso, vale la pena descargar el texto que ofrece la UGT de Puertos, ya que aunque no está actualizado al cien por cien si que es una buena herramienta para consultar.

El texto del E.T. lo podéis bajar en el siguiente link:

El Estatuto de los trabajadores.




La Gestión por Competencias en Autoridades Portuarias


Por otro lado no dejéis de visitar la Web de la Sección Federal de Puertos, Aduana y Consignatarios de la U.G.T, ya que cuenta con algunos recursos muy interesantes.

Un recurso que puede ser útil, especialmente a los que estáis interesados en los saber algo más de la gestión de los recursos humanos, es una página dedicada a un proyecto sobre la Gestión por Competencias en Autoridades Portuarias, desde la cual es posible descargar variada documentación sobre el tema.

Esta página la encontraréis en este link:

La Gestión por Competencias en Autoridades Portuarias.

Finalmente el link de la Sección de Puertos de la UGT es este:

http://fetcm.ugt.org/puertos/



sábado, enero 24, 2004

Empleo para un especialista en derecho marítimo o internacional.


Legal Officer, P-3


El departamento de Recursos Humanos de las Naciones Unidas ha convocado una plaza como Legal Officer,P-3. para la oficina de asuntos legales de las Naciones Unidas en Nueva York.

El código de la oferta de empleo es: 03-LEG-OLA-402567-R-NEW YORK (G)

No tengo muy claro que es esto de Legal Officer, aunque no parece que sea un letrado sino más bien un técnico con conocimientos del derecho, no obstante para poder concurrir a la plaza piden estar en posesión de la licenciatura en derecho o tener una licenciatura y estudios de derecho internacional.

En todo caso la oferta es interesante y se adscribe dentro del marco del Derecho del Mar.

Como idiomas el inglés, con un buen nivel, imprescindible y saber francés no está de más.

Quién quiera concursar a la cobertura de esta plaza será responsable de manejar una amplia variedad de recursos relacionados con la Ley del Mar y con los Convenios firmados al respecto en el seno de la ONU.

La fecha límite de presentación de candidaturas es el 11 de febrero de 2004.

Si os interesa la oferta y queréis echarle un vistazo a las bases y saber como se puede solicitar el puesto, podéis encontrarlo todo en este link:

Legal Officer, P-3


jueves, enero 22, 2004

Una publicación marítima muy interesante.


Review of Maritime Transport, 2003


Desde hace ya bastantes semanas que en el portal de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, UNCTAD en sus siglas en lengua inglesa, se halla disponible la Review of Maritime Transport, 2003.

Review of Maritime Transport, 2003, es una publicación anual preparada por el Secretariado de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo y que tiene como objeto estudiar e identificar el estado de desarrollo del transporte marítimo en el planeta así como recopilar abundante información estadística.

Esta publicación de este organismo especializado de la ONU sólo está disponible en lengua inglesa, lo cual ya os vendrá bien para leer algo en este idioma que es fundamental en el negocio marítimo.

La Review of Maritime Transport, 2003 es una publicación gratuita y que se puede descargar por capítulos o en un solo archivo. En este caso el link que os facilito es para descargar el documento en un solo archivo, que está en formato pdf y tiene unos 1134 kb de tamaño, así que puede que tardéis un poco en descargarlo, pero la espera vale la pena y leerlo aun más.

Review of Maritime Transport, 2003.


Si no os convence esto de tener el documento en un solo archivo, entonces tendréis que ir la página web de UNCTAD y descargarlo por capítulos, tenéis el link de UNCTAD en el lateral de la weblog.



Diario Oficial de la Comunidad Europea.


Publicada la lista de las vías navegables de carácter marítimo


El pasado 7 de enero de 2004, se publicó en el Diario Oficial de la Comunidad Europea el Reglamento (CE) n° 13/2004 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2003, relativo a la determinación de la lista de las vías navegables de carácter marítimo contemplada en la letra d) del artículo 3 del Reglamento (CEE) n° 1108/70 del Consejo (Texto pertinente a efectos del EEE).

Este reglamento que establece la lista de las vías navegables de carácter marítimo entrará dentro de pocos días en vigor y es una de las primeras normas marítimas promulgadas por la Unión Europea en el año 2004.

Si os interesa echarle un vistazo la tenéis aquí:

El Reglamento (CE) n° 13/2004.





Registro comunitario de la flota pesquera

Por otro lado también se ha publidado en el DOCE del 9 de enero el Reglamento (CE) n° 26/2004 de la Comisión, de 30 de diciembre de 2003, relativo al registro comunitario de la flota pesquera.

Esta norma la podéis bajar desde este link:

El Reglamento (CE) n° 26/2004.



martes, enero 20, 2004

Oferta de empleo en Greenpeace

Operations Manager ( Ships )


La organización ecologista Greenpeace ha hecho público la convocatoria de un proceso de selección para cubrir una plaza para un Operations Manager ( Ships ).

La fecha límite para concurrir al proceso de selección convocado es el 8 de febrero de 2004, así que hay que espavilarse.

Si os interesa saber las condiciones del puesto y cómo enviar el currículum, tenéis que visitar el portal de Greenpeace en el siguiente link:

Greenpeace.





2 vacantes administrativas para la EMSA


La Agencia Europea de Seguridad Marítima tiene convocada la cobertura de dos vacantes para puestos de administración y con carácter temporal.

El plazo para solicitar los puestos termina el 20 de febrero de 2004.

En la página dedicada a las vacante podéis consultar toda la información relativa a los puestos.

Empleo en la EMSA.




lunes, enero 19, 2004

Ya está operativo el portal de EMSA

La Agencia Europea de Seguridad Marítima - EMSA, ha activado finalmente la web que será el portal sede de esta institución comunitaria.

Ya hace semanas que se podía acceder a esa dirección web, pero siempre salía un aviso de que estaban bajo construcción. Al fin se han decidido a activar este portal que nos tendrá al tanto de las actividades de esta agencia especializada de la Unión.

La Agencia Europea de Seguridad Marítima es un organismo especializado de la Unión Europea de reciente creación y que desde el pasado mes de diciembre de 2003 tiene su sede en Lisboa.

Si queréis visitar este Portal podéis ir a este link:

La Agencia Europea de Seguridad Marítima.




El fuel del Prestige ensucia de nuevo las costas francesas

El portal especializado en prevención de riesgos laborales Prevención Integral, en su último newsletter, informa de que han vuelto a aparecer manchas de chapapote del Prestige en el litoral francés.

La zona más afectada es el de la isla de Ré, en el departamento de Charente-Maritime, al oeste, pero también hay playas con manchas en Gironde y Landas, más al sur.

Si os interesa el tema podéis leerlo en este link:

Chapapote del Prestige en Francia.

De paso visitad este portal. Vale la pena echarle un vistazo su queréis estar informados en materia de prevención riesgos.

http://www.prevencionintegral.com/default.asp


miércoles, enero 14, 2004

El MAPA regula la pesquería de arrastre en aguas comunitarias de la zona IX del Consejo Internacional de Explotación del Mar

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha emitido la Orden APA/6/2004, de 12 de enero, por la que se regula la pesquería de arrastre en aguas comunitarias de la zona IX del Consejo Internacional de Explotación del Mar (CIEM).

El objetivo de la citada Orden es la regulación de la pesquería de arrastre en la zona IX del CIEM, en aguas sometidas a la soberanía o jurisdicción de Portugal, en el marco de la normativa comunitaria.

Si os interesa echarle un vistazo a la Orden, la tenéis en este link:

La Orden APA/6/2004.



La Unión Europea se pone seria con los vertidos marinos

El Parlamento en su sesión del 13 de enero exige la creación de un servicio europeo de guardacostas, se reforzará la cooperación judicial y las medidas de carácter penal, se facilita la transferencia de buques del pabellón de un Estado miembro a otro y finalmente ha sido rechazado el distintivo único identificativo de buques de la UE y el registro de buques europeo.

Podéis leer un resumen de todo si le echáis un vistazo al comunicado de prensa del Parlamento Europeo correspondiente al 13 de enero, lo tenéis aquí:

El comunicado de prensa.

Por otro lado también podéis ver que dice al respecto la prensa especializada:

Portualia.

El Periodico Mediterraneo


martes, enero 13, 2004

Los cursos de especialidad marítima impartidos por la Armada serán equivalentes a los títulos profesionales

El Boletín Oficial del Estado del 13 de enero de 2004 publica la Resolución de 19 de diciembre de 2003, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se reconoce el contenido formativo de determinados cursos de especialidad marítima impartidos por la Armada como equivalentes a los programas de formación de los títulos profesionales de Marineros de Puente y Máquinas de la Marina Mercante, así como de los certificados de especialidad que se determinan.

Los programas formativos afectados por esta resolución de la DGMM son:

Título de Marinero de Puente.
Título de Marinero de Máquinas. Certificado de Formación Básica.
Certificado Avanzado en Lucha Contra Incendios.
Certificado de Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate no Rápidos.
Certificado de Botes de Rescate Rápidos.
Certificado de Radar de Punteo Automático.

En esta resolución se establece que el personal procedente de la Armada Española que haya superado los cursos de especialidad marítima reconocidos como equivalentes, podrá solicitar la expedición de los títulos y certificados profesionales correspondientes mediante instancia dirigida al Director del Centro docente donde cursó sus estudios.

Si os interesa el tema, podéis descargar esta norma desde el siguiente link:

La Resolución de 19 de diciembre de 2003.




domingo, enero 11, 2004

Enrolamiento en buques de pesca con pabellones de conveniencia.

Aprobado el formulario de datos de titulados náutico pesqueros españoles con mando en buques de un tercer país

La Dirección General de Estructuras y Mercados Pesqueros, ha emitido la Resolución de 5 de diciembre de 2003, publicada en el BOE del 9 de enero de 2004, por la que se aprueba el formulario de comunicación de datos de titulados náutico pesqueros españoles que ejerzan sus atribuciones de mando en buques de un tercer país.

Esta norma la podéis encontrar en este link:

La Resolución de 5 de diciembre de 2003.

Por otro lado si os interesa echarle un vistazo al Real Decreto 1134/2002, de 31 de octubre, sobre aplicación de sanciones en materia de pesca marítima a españoles enrolados en buques con abanderamiento de conveniencia, ya que es la norma que establece la obligación de comunicar, la podéis ver en el siguiente link:

El Real Decreto 1134/2002.

Finalmente si deseáis descargar los documentos a los que hace referencia la Resolución de 5 de diciembre de 2003, podéis ir al link que teneís debajo y que corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

http://www.mapya.es/


viernes, enero 09, 2004


Modificadas las instrucciones para la presentación del manifiesto de carga y el modelo de declaración sumaria para el tráfico marítimo

El Ministerio de Hacienda ha emitido la Orden HAC/3741/2003, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 18 de diciembre de 2001, por la que se establecen las instrucciones para la presentación del Manifiesto de Carga para el tráfico marítimo y la Orden HAC/3742/2003, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 27 de julio de 1995 por la que establece el modelo de Declaración Sumaria para el tráfico marítimo.

Supongo que a todos los que trabajáis para transitarias o consignatarias os puede interesar echarle un vistazo a estas ordenes, por ello las tenéis en estos links:

La Orden HAC/3741/2003.

La Orden HAC/3742/2003.









El Gobierno ha incorporado dos directivas comunitarias que protegen la igualdad de trato en el empleo

Mediante la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, el Gobierno de la nación ha incorporado al derecho español la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación así como la Directiva 2000/43/CE del Consejo, de 29 de junio de 2000, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico.


Ya se que no es un tema marítimo ni del transporte pero es un tema importante para todos y por eso os comento estas directivas. Como indica el dicho popular más vale tarde que nunca. Ya era hora de que el Gobierno se decidiera a incorporar a nuestro ordenamiento las directivas 2000/78/CE y 2000/43/CE. La incorporación se ha efectuado gracias a la Ley 62/2003, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.

La ley 62/2003 es un tipo de ley que cada año emplea el Gobierno como saco para meter todos esos temas que debería haber abordado a lo largo del curso parlamentario y que terminan formando parte de una ley "potaje", donde se tratan temas de todo tipo desde fiscales, laborales, administrativo o hasta marítimos. Lo cierto es que la técnica legislativa empleada no es la mejor pero bien esta lo que bien acaba. Y por ello el que el Gobierno se haya decidido a incorporar las directivas mencionadas ha sido un gran paso.

El texto original de las directivas podéis verlo aquí:

La Directiva 2000/43/CE.

La Directiva 2000/78/CE.

La incorporación de estas normas se producido introduciendo modificaciones en el texto del Real Decreto Legislativo 1/995 del Ley del Estatuto de los Trabajadores, o de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobada por el RDL 2/1995 y de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el RDL 5/2000, además de otras normas complementarias.




Actualizada la Ley de pesca marítima del Estado

En la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. se ha modificado la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de pesca marítima del Estado, que regula la actualización de inscripciones en el Registro de Buques y Empresas Navieras, de embarcaciones de pesca en las que el material del casco, la potencia propulsora de sus motores o los valores reales de eslora, manga, puntal o arqueo no coincidan con los datos anotados en el registro.

También se añade un nuevo apartado, el 3, al artículo 90 de la Ley 3/2001, de Pesca Marítima del Estado donde se introduce la obligación de identificar al patrón responsable de la embarcación en el caso de mediar una denuncia por supuesta infracción administrativa de pesca marítima.

Además se introducen una multitud de modificaciones como en relación a la entrega de capturas ilegales a entidades benéficas, o en materia sancionadora.




Se introducen modificaciones legales en el encuadramiento social del personal del servicio de practicaje

También se ha aprobado una modificación del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar que asimila a trabajadores por cuenta ajena los prácticos de puerto que, para la realización de su actividad de practicaje, se constituyan en corporaciones de prácticos de puertos o entidades que las sustituyan.

Y como dato curioso esta ley también ha derogado la disposición final tercera de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General.




Establecida la garantía financiera a buques que soliciten acceso a lugares de refugio

La autorización de entrada de un buque que busque refugio en un puerto o lugar de abrigo podrá condicionarse a la concurrencia de determinadas circunstancias que hagan de esta medida la más adecuada para la seguridad de las personas, del tráfico marítimo, del medio ambiente, e igualmente podrá condicionarse a la prestación de una garantía financiera por parte del propietario, operador o cargador del buque para garantizar los posibles daños que dicho buque pueda ocasionar.

Además se ven modificados los artículos 7 y 81 de la Ley de e Puertos del Estado y de la Marina Mercante en relación a la imposición de obligaciones de servicio público y el cabotaje.

También en materia de legislación de aguas se producen algunas modificaciones en la sección dedicada a los vertidos marinos.

Finalmente se establece para las entidades de derecho privado creadas por él para servir de apoyo a sus fines, las entidades que ostenten los derechos de explotación, organización y dirección de la XXXII Copa América y las entidades que constituyan los equipos participantes una exención de las tasas establecidas en la Ley 48/2003de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general además de una exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las indemnizaciones por los daños ocasionados por el accidente del buque "Prestige".

Por último ya veis que la norma es compleja y larga. Decir que es una ley "Potaje" aún es quedarse corto. Es un bufete completo. La ley, menos de sexo, prácticamente habla de todo. Por ello estudiadla con detenimiento ya que es fácil que algo se os pase por alto.




La Ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social podéis verla en este link:

La Ley 62/2003.






miércoles, enero 07, 2004

Una Orden del Ministerio de Agricultura regula el sistema de localización de buques pesqueros vía satélite

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha dictado la Orden APA/3660/2003, de 22 de diciembre, por la que se regula en España el sistema de localización de buques pesqueros vía satélite y por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición e instalación de los sistemas de localización en los buques pesqueros.

Esta Orden fue publicada en el Boletín Oficial del Estado del pasado 31 de dciembre de 2003 y la verdad es que casi se me pasa por alto. De hecho esta Orden que tiene unas importantes implicaciones en la seguridad marítima y es reflejo de la dispersión competencial y legislativa que tienen las actividades vinculadas al medio marítimo. �Qué os voy a contar!

En fin si deseáis echarle un vistazo a la orden la tenéis aquí:

La Orden APA/3660/2003.


martes, enero 06, 2004

El Tribunal Supremo anula un párrafo de la normativa sobre condiciones generales de idoneidad, profesionalidad y titulación a bordo de los buques mercantes españoles

El pasado lunes 5 de enero se publicó el fallo de la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula el inciso final del artículo 8.3 del Real Decreto 2062/1999, de 30 de diciembre, sobre condiciones generales de idoneidad, profesionalidad y titulación aplicables a quienes ejerzan funciones a bordo de los buques mercantes españoles.

Este fallo es consecuencia de un recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Colegio de Oficiales de la Marina Mercante Española donde la Sala tercera del Tribunal Supremo estima parcialmente la pretensión de los actores al entender que el inciso final del artículo 8.3 de dicho Real Decreto 2062/1999 se halla en disconformidad con el artículo 39 del Tratado CE.

Por si no os acordáis de que va el artículo 39 del Tratado de la CE, este es el redactado del texto consolidado:

Artículo 39
1. Quedará asegurada la libre circulación de los trabajadores dentro de la Comunidad.
2. La libre circulación supondrá la abolición de toda discriminación por razón de la nacionalidad entre los trabajadores de los Estados miembros, con respecto al empleo, la retribución y las demás condiciones de trabajo.
3. Sin perjuicio de las limitaciones justificadas por razones de orden público, seguridad y salud públicas, la libre circulación de los trabajadores implicará el derecho:
a) de responder a ofertas efectivas de trabajo;
b) de desplazarse libremente para este fin en el territorio de los Estados miembros;
c) de residir en uno de los Estados miembros con objeto de ejercer en él un empleo, de conformidad con las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables al empleo de los trabajadores nacionales;
d) de permanecer en el territorio de un Estado miembro después de haber ejercido en él un empleo, en las condiciones previstas en los reglamentos de aplicación establecidos por la Comisión.
4. Las disposiciones del presente artículo no serán aplicables a los empleos en la administración pública.


Si os interesa una copia del fallo os lo podéis descargar en este link:

La Sentencia de 4 de diciembre de 2003.

Si queréis ver la norma afectada por esta sentencia la podéis ver en este otro link, como podréis observar en la anotación que existe en el artículo 8.3 el texto de esta norma ya ha sido adaptado al fallo de la sentencia:

El Real Decreto 2062/1999.

Esta norma se ha visto afectada por otra que podéis ver aquí:

El Real Decreto 509/2002.

El texto consolidado completo del Tratado de la CE lo podéis bajar desde este link:

El Tratado de la CE.

Si queréis visitar la página Web del Colegio de Oficiales de la Marina Mercante Española la tenéis en este link:

http://www.comme.org/

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